La protección que brinda el Certificado Digital se materializa a través de las funciones inherentes que la ley chilena exige a la Firma Electrónica Avanzada:
- Garantía de Autenticidad (Identidad del Titular). El certificado digital asegura que la persona que firma es realmente quien dice ser, según los siguientes parámetros:
- Identificación Verificada: La identidad del titular es verificada de forma fehaciente durante la emisión del certificado.
- Control Exclusivo: La FEA debe ser creada usando medios o datos que el titular mantiene bajo su exclusivo control. Este control generalmente se logra mediante la combinación de factores de seguridad ("algo que tengo" como la Clave Única del Estado, "algo que sólo yo sé", como poder responder el challenge de preguntas emanadas del Registro Civil).
- Vínculo Exclusivo: El certificado garantiza que la firma se vincule "únicamente" al titular y a los datos a los que se refiere.
- Garantía de Integridad (Inalterabilidad del Documento): El certificado digital y el proceso de firma protegen el contenido del documento firmado de alteraciones posteriores.
- Detección de Modificación: La FEA debe permitir la "detección posterior de cualquier modificación" del documento. Si el documento se altera después de la firma, esta protección se quiebra, y la firma digital asociada al certificado ya no será válida.
- Sellado de Tiempo (Time Stamping): El uso de sellado de tiempo, implementado con la intervención de un prestador acreditado de servicios de certificación, se ha propuesto como herramienta para establecer un alto nivel de exactitud e integridad respecto al momento en que se suscribe un documento electrónico. Esto es crucial para la FEA, ya que el documento solo hará plena fe respecto de su fecha si esta consta a través de un fechado electrónico otorgado por un prestador acreditado.
- Garantía de No Repudio (Valor Probatorio). El rigor de la certificación permite que el documento adquiera un alto valor legal, evitando que el firmante pueda negar su autoría.
- Impedimento de Desconocimiento: La FEA está diseñada para impedir que el firmante desconozca la integridad del documento y su autoría.
- Valor de Plena Prueba: Los instrumentos privados suscritos con FEA tienen el mismo valor probatorio que los instrumentos públicos. Esto significa que, una vez que el documento es reconocido o no objetado en juicio, goza de plena prueba.